La Constitución Española reconoce a los ciudadanos en su artículo 106.2 el derecho a ser indemnizados de toda lesion que sufran en sus bienes o derechos, salvo en los casos de fuerza mayor, como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.
En primer lugar sera necesario presentar una reclamación de responsabilidad patrimonial ante la Administración Pública que sea titular del servicio causante del daño que motiva la indemnización.
Una vez desestimada la reclamacioó se debera presentar el correspondiente Recurso Contencioso Administrativo ante los Juzgados y Tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Otener una indemnizacion por parte de las administraciones públicas no siempre es fácil, de hecho en la mayoria de los casos sera necesario reclamar la indemnización ante los juzgados y tribunales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, mediante la interposición del correspondiente Recurso Contencioso Administrativo.
Las Administraciones Públicas, como cualquier empresa o particular, deben responder por los daños y perjuicios que causen a terceros como consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
Siempre sera necesario probar la conexión entre el daño o lesión ocasionada y el funcionamiento normal o anormal del servicio público, y para ello habra que aportar informes medicos, fotografias, testigos, o cualquier otro medio de prueba que pueda obtener.
Los requisitos necesarios para que exista una responsabilidad patrimonial de la Administracion son:
1. Daño o lesión resarcible. El daño ha de ser efectivo, evaluable economicamente e individualizado en una persona o grupo de personas.
2. El daño debe ser atribuible a una Administración Pública.
3. Relacion de Causalidad entre el daño y el funcionamiento normal o anormal del servicio público.
4. Además se requiere que el dañoo sea antijurídico; es decir, que el particular no tenga el deber jurídico de soportarlo.
El plazo para reclamar la indemnización sera de un año desde que se produce el hecho que puede dar lugar a la indemnización.
En caso de daños de caracter físico o psiquico, el plazo de un año comenzara a computarse desde la curación o desde la determinación del alcance de las secuelas.
Los casos pueden ser infinitos, ya que no existe un catalogo de daños cerrado.
Los supuestos mas comunes en los que se puede reclamar una indemnización a la Administracion Pública son: